Cumplimiento ERP

Verifactu y factura electrónica

Actualización 6 de octubre de 2026. Lo que llega con fecha cierta es la factura electrónica obligatoria entre empresas: la Orden HAC/1028/2026, en vigor desde el 6 de octubre de 2026, ha puesto en marcha los plazos del Real Decreto 238/2026 (doce meses para quien supere 8 millones de euros de volumen de operaciones y veinticuatro para el resto, es decir, octubre de 2027 y octubre de 2028 según nuestro cálculo). Hacienda ha anunciado que aplazará VeriFactu a octubre de 2028 para que converja con la factura electrónica, pero ese cambio aún no está en el BOE: hasta que se publique siguen vigentes las fechas del Real Decreto-ley 15/2025 (1 de enero de 2027 para quienes declaran el Impuesto sobre Sociedades y 1 de julio de 2027 para el resto). Actualizaremos esta página cuando salga la norma.

Desde 2017 adaptamos software de gestión a las exigencias fiscales de la AEAT. Preparamos tu ERP para Verifactu y para la factura electrónica B2B obligatoria antes de que los plazos te pillen sin margen.

NormativaRD 1007/2023 · Orden HAC/1177/2024 · RD 238/2026
Plazo críticoB2B: 12/24 meses desde la Orden (sin publicar)
ÁmbitoPymes y autónomos con ERP o software de facturación

En Summum Sistemas adaptamos tu ERP para que cumpla con Verifactu y con la factura electrónica B2B sin que la operativa diaria se resienta: auditamos tu software de facturación, configuramos el módulo de cumplimiento, lo probamos contra el entorno de la AEAT y dejamos documentado el proceso para tu equipo.

España tiene hoy dos obligaciones distintas que a menudo se confunden: Verifactu y la factura electrónica B2B. Verifactu nace del Real Decreto 1007/2023 y obliga a que el software de facturación registre cada factura con un encadenamiento criptográfico y, si la empresa lo decide, la remita en tiempo real a la AEAT. Quedan fuera de esta obligación las empresas que ya están en el SII, según detalla nuestra guía sobre qué es el SII y quién está obligado. La Orden HAC/1177/2024, publicada en el BOE el 28 de octubre de 2024, fija las especificaciones técnicas definitivas. Los plazos de adaptación han sido ampliados en dos ocasiones: tras el Real Decreto 254/2025 y, posteriormente, el Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre, los ERPs y programas de facturación deben estar adaptados antes del 1 de enero de 2027 si la empresa tributa por el Impuesto sobre Sociedades, y antes del 1 de julio de 2027 para el resto de empresarios y autónomos. Puedes consultar el desglose completo de plazos, requisitos técnicos y sanciones por incumplimiento en nuestra guía completa de Verifactu.

La factura electrónica B2B es una obligación distinta, regulada por la Ley 18/2022 (Crea y Crece) y desarrollada por el Real Decreto 238/2026, de 25 de marzo. Exige que todas las facturas entre empresarios y profesionales se emitan en formato estructurado conforme a la norma europea EN 16931 (UBL, CII, EDIFACT o Facturae). El receptor debe además confirmar el estado de la factura —aceptada, rechazada o pagada— en un plazo máximo de cuatro días naturales (excluidos sábados, domingos y festivos nacionales). Los plazos son escalonados, pero no son fechas: la disposición final cuarta del Real Decreto 238/2026 los cuenta desde la entrada en vigor de la orden ministerial que desarrolle la solución pública —doce meses para las empresas con volumen de operaciones superior a ocho millones de euros y veinticuatro meses para el resto—, y esa orden todavía no se ha publicado. La solución pública de la AEAT será gratuita, pero integrarse en ella sin romper los flujos internos de tu ERP requiere trabajo técnico previo. Puedes consultar el desglose completo de esos plazos y escenarios en nuestro calendario de la factura electrónica B2B.

En Summum Sistemas analizamos tu sistema de facturación actual —Odoo, Sage, Holded, Dynamics 365, a3ERP o un desarrollo a medida— y ejecutamos la adaptación completa: configuración del módulo Verifactu, generación del código QR en cada factura, conexión al servicio de remisión de la AEAT, mapeo de formatos UBL o Facturae, y pruebas en el entorno sandbox antes del paso a producción. El objetivo es que cuando llegue la fecha de obligatoriedad tu equipo no note la diferencia operativa: te dejamos la configuración revisada.

Verifactu y la factura electrónica B2B no sustituyen a Facturae ni a FACe: son la vía obligatoria para facturar a las administraciones públicas, con su propio formato XML y su propio punto de entrada. Si tu empresa también factura a la Administración, coordinamos esa vía dentro del mismo proyecto de adaptación, sin duplicar el trabajo entre los dos frentes.

Antes de encargar el diagnóstico, puedes hacerte una idea tú mismo en un minuto: nuestro comprobador Verifactu calcula tu fecha límite exacta según tu tipo de obligado tributario, y el comprobador de factura electrónica B2B resuelve si el RD 238/2026 te aplica y en qué plazo.

El proceso de Verifactu y factura electrónica.

El proceso · cuatro tiempos
01

Diagnóstico de cumplimiento

Auditamos la versión y configuración de tu software de facturación, identificamos las brechas respecto a los requisitos de Verifactu y de la factura electrónica B2B, y elaboramos un informe de riesgos con prioridad por plazo.

02

Adaptación técnica del ERP

Configuramos o actualizamos el módulo de facturación: encadenamiento de registros, generación del hash, integración con la API de remisión de la AEAT, mapeo de campos obligatorios en EN 16931 y emisión del código QR en cada documento.

03

Pruebas en sandbox y validación

Ejecutamos un ciclo completo de pruebas contra el entorno de pruebas de la AEAT: emisión, remisión, recepción del acuse y gestión de estados de pago. Corregimos cualquier rechazo antes de activar en producción.

04

Puesta en producción y formación

Activamos la solución en el entorno real con acompañamiento en directo, formamos al equipo administrativo en los nuevos flujos de emisión y recepción, y dejamos documentación operativa para la gestión autónoma del día a día.

Adaptación por producto

Verifactu en tu ERP actual.

No hace falta cambiar de plataforma: adaptamos el ERP o el software de facturación que ya usas hoy, y si además necesitas migrar de versión aprovechamos el mismo proyecto para hacerlo.

  • Sage 200

    Partner de Sage 200 y Sage X3. Activamos el módulo Verifactu nativo, revisamos series de facturación y NIF por sociedad, y probamos la conexión con la AEAT en sandbox antes de pasar a producción.

  • Business Central

    Partner Microsoft con foco en pyme ibérica. En Business Central configuramos el módulo de cumplimiento fiscal español, mapeamos el formato EN 16931 y dejamos la remisión a la AEAT integrada en tus flujos de compras y ventas, sin romper las integraciones que ya tienes con Microsoft 365.

  • TeamSystem (Factusol y Contasol)

    Partner Oficial de TeamSystem. Activamos Verifactu en Factusol y Contasol, revisamos el encadenamiento de registros y el código QR, y coordinamos Nominasol para que facturación y nómina compartan el mismo calendario de cumplimiento.

  • Odoo

    Implantamos y actualizamos Odoo con el módulo Verifactu activo desde la instalación: hash encadenado, código QR y conexión a la AEAT integrados en el flujo de facturación estándar, sin desarrollos a medida salvo que tu operativa lo requiera.

  • Holded

    Implantamos Holded para pymes que buscan una solución cloud ligera: configuramos su módulo de facturación conforme a Verifactu y dejamos preparado el mapeo a formato estructurado para cuando llegue la obligación B2B.

  • a3ERP

    Implantamos a3ERP (Wolters Kluwer) y migramos desde versiones anteriores cuando hace falta: revisamos el módulo de facturación electrónica, la conexión con la AEAT y las series fiscales para que cumplan con Verifactu.

Qué incluye

Qué incluye Verifactu y factura electrónica.

El detalle operativo: lo que entregamos como parte del trabajo y lo que mantenemos vivo después.

  • Análisis de brecha normativa

    Informe detallado de qué cumple y qué le falta a tu software actual respecto a Verifactu y al RD 238/2026, con hoja de ruta priorizada.

  • Módulo Verifactu configurado

    Activación del encadenamiento criptográfico, generación de huella y código QR, y conexión al servicio de remisión voluntaria u obligatoria de la AEAT según aplique.

  • Emisión en formato estructurado

    Mapeo completo de la factura al estándar EN 16931 en la sintaxis que corresponda (UBL 2.1, Facturae 3.2.x, CII o EDIFACT) para el intercambio B2B obligatorio.

  • Gestión de estados de factura

    Implementación del ciclo de vida: acuse de recibo, aceptación, rechazo y confirmación de pago en los plazos exigidos por el RD 238/2026.

  • Pruebas en entorno AEAT

    Ciclo completo de validación contra el sandbox oficial, con corrección de errores de rechazo y generación de evidencias de conformidad.

  • Formación y documentación

    Sesión práctica para el equipo de administración y manual operativo adaptado a tu ERP, para que la gestión diaria no dependa de soporte externo.

Para no perder ningún plazo, usa el calendario de plazos de Verifactu.

Si tu empresa está valorando la vía pública de facturación electrónica, el post Solución pública de facturación electrónica B2B: qué propone explica esa alternativa.

Preguntas frecuentes sobre Verifactu y factura electrónica.

¿Verifactu y factura electrónica B2B son lo mismo?

No. Verifactu (RD 1007/2023) es una exigencia sobre el software de facturación: obliga a que cada factura quede registrada con un encadenamiento criptográfico y, opcionalmente, se remita a la AEAT en tiempo real. La factura electrónica B2B (Ley 18/2022, desarrollada por el RD 238/2026) obliga a que las facturas entre empresarios se emitan en formato estructurado estándar (EN 16931) y se gestionen sus estados de pago. Ambas conviven y su implementación técnica puede solaparse, pero responden a normas diferentes con plazos distintos.

¿Cuándo tengo que estar adaptado y qué pasa si no lo estoy?

Para Verifactu, el plazo de adaptación del software ha sido ampliado en dos ocasiones. Según el Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre, los sistemas deben estar adaptados antes del 1 de enero de 2027 para empresas sujetas al Impuesto sobre Sociedades, y antes del 1 de julio de 2027 para el resto. Para la factura electrónica B2B, el Real Decreto 238/2026 no fija una fecha: la obligación llega doce meses después de la entrada en vigor de la orden ministerial que desarrolle la solución pública si tu facturación anual supera ocho millones de euros, y veinticuatro meses después para el resto. Esa orden sigue sin publicarse en el BOE, así que hoy no hay fecha exigible. El incumplimiento puede conllevar sanciones por la Ley Antifraude (Ley 11/2021) en el caso de Verifactu, y multas específicas de la Ley Crea y Crece para la factura electrónica.

¿Mi ERP actual necesita cambiar o solo actualizarse?

Depende de la versión y del proveedor. Los ERPs más extendidos en España —Sage, Holded, Odoo, Dynamics 365, a3ERP— ya ofrecen módulos o actualizaciones para Verifactu. La clave no es si el módulo existe, sino si está correctamente configurado para tu empresa: NIF, serie de facturas, tipos de operaciones, y conexión con la AEAT. En Summum Sistemas lo verificamos y, si hay brechas, las cerramos sin cambiar de plataforma siempre que sea posible.

¿La solución pública gratuita de la AEAT sustituye a mi ERP?

La solución pública de la AEAT para factura electrónica será gratuita y estará disponible como canal de emisión y recepción, pero no gestiona la contabilidad ni los procesos internos de tu empresa. Para la mayoría de pymes, lo razonable es mantener el ERP actual y conectarlo a la solución pública o a una plataforma de intercambio privada. Nosotros evaluamos cuál es la arquitectura más adecuada para tu volumen y sector.

¿El servicio incluye el seguimiento tras la puesta en marcha?

El proyecto incluye la puesta en producción verificada y una sesión de formación. Si necesitas soporte continuo —actualizaciones normativas, cambios en especificaciones técnicas de la AEAT o ampliación a nuevas series de facturación— lo cubrimos dentro de nuestros contratos de mantenimiento de ERP.

¿Hay algún programa de facturación homologado por la AEAT para Verifactu?

No, y conviene saberlo antes de comprar nada: no existe ninguna «homologación AEAT» ni lista oficial de software certificado por la Agencia Tributaria. El mecanismo legal que fija el RD 1007/2023 es la declaración responsable del fabricante. Así que cuando una herramienta o plataforma se anuncia como «programa homologado», lo que hay detrás es esa declaración, no un sello de la AEAT. Lo que sí conviene comprobar de tu solución es lo concreto: que encadene los registros por hash, que emita el código QR de verificación, que conserve los registros de alta y anulación y que el fabricante haya emitido su declaración responsable.

¿Verifactu es lo mismo que Factura-e y FACe?

No, son tres cosas distintas que a menudo se mezclan. Facturae —que muchos escriben «Factura-e»— es el formato XML español de factura electrónica, y es el que exige la Administración: las facturas se presentan por el punto general de entrada que corresponda, y FACe es el de la Administración General del Estado, al que están adheridas muchas comunidades y entidades locales, aunque otras tienen el suyo, como e-FACT en Cataluña. Esa obligación rige desde el 15 de enero de 2015 para las sociedades y demás entidades del artículo 4 de la Ley 25/2013; un autónomo puede seguir facturando en papel a la Administración salvo que esta exija otra cosa, y cada administración puede dejar fuera las facturas de hasta 5.000 euros. Verifactu es otra cosa: regula cómo tu sistema de facturación genera y conserva los registros, con independencia de a quién factures. Y la factura electrónica obligatoria entre empresas es un tercer frente, con su propio calendario, todavía pendiente de la orden ministerial. Una pequeña empresa puede necesitar los tres a la vez, y una asesoría que factura en multiempresa los necesita para cada sociedad que gestiona.